Tribunal de Santiago condenó al Fisco a pagar indemnización a ex prisionero político por detención y torturas

El Vigésimo Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a un prisionero político sometido a apremios en distintos recintos militares, en 1974. En fallo (rol 6.659-2018) la jueza Juana Álvarez Arenas estableció que corresponde reparar el daño moral por la responsabilidad del Estado en un crimen de lesa humanidad. «Que es menester, por tanto, analizar la segunda excepción alegada por la demandada, cual es la «prescripción extintiva» de la acción incoada.

Al respecto, debemos reseñar que resulta necesario tener presente que nos encontramos frente a graves crímenes de lesa humanidad, tal y como lo establece los Convenios de Ginebra del año 1949, toda vez que estos hechos y especialmente los descritos en la presente sentencia en su parte expositiva y en los diversos testimonios vertidos, ocurrieron en un contexto de excepción a nuestra democracia, período en que se violaron de manera grave, sistemática y masivamente los derechos humanos de las personas oponentes al régimen de entonces o a simples civiles que no adherían a ningún movimiento político, con el único fin posible de amedrentar al resto de la población civil, todo ello cometido por agentes del Estado o por civiles amparados por éste», dice el fallo. 

Agrega que: «Teniendo claro que la presente acción civil deriva justamente de hechos tipificados como crímenes de lesa humanidad los cuales no prescriben, resultaría incoherente entender que nuestra acción en estudio sí está sujeta a normas de prescripción, siendo contrario ello a los principios del Derecho Internacional que establecen la obligación permanente del Estado de reparar a las víctimas de estos crímenes considerados de los más atroces, tal como se establece en el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, de fecha 23 de marzo de 1976, Parte III, artículo 9, numerando quinto, y la Resolución Aprobada 56/83 de la Asamblea General de Las Naciones Unidas, de fecha 28 de enero 2002, sobre Responsabilidad del Estado por hechos internacionalmente ilícitos, en especial su capítulo segundo; y teniendo presente especialmente que ambas acciones se sustentan en el mismo hecho ilícito». 

Además se considera que: «Así, en el caso sub lite, la detención ilegal y tortura a las que fue sometido el demandante, ocurridas en un contexto excepcional, constituyen en el hecho actividades ilegítimas llevadas a cabo en forma extrajudicial, al margen de la juridicidad, por ende, se trata de un crimen de lesa humanidad, que de acuerdo al Derecho Internacional a través de normas de Ius Congens, del Derecho Consuetudinario y Derecho Convencional donde se ha declarado su imprescriptibilidad, sin distinción alguna de si ello alude a las acciones penales y civiles, sin que pueda estimarse dicha omisión como suficiente para interpretar dicho cuerpo normativo en contra de sus beneficiarios naturales, lo que no sería sino contrariar su historia fidedigna».

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Pescadores artesanales de la jibia se refieren a promulgación de la ley respectiva

Desde que este miércoles 23 de enero se conociera la decisión del gobierno de no objetar la denominada “Ley de la Jibia”, distintas organizaciones del sector han emitido declaraciones para manifestar su reacción.

Para más información: >> Mayor exportadora de jibia no descarta acciones judiciales

Ahora fue el turno de Pascual Aguilera en nombre de la Coordinadora Nacional de Jibieros; Hernán Cortés por parte del Consejo Nacional por la Defensa del Patrimonio Pesquero (Condepp); Elías Marambio, quien es dirigente de los pescadores de la región de Coquimbo; Miguel Ángel Hernández de la Federación Nuevo Amanecer; David Castro de la Coordinadora de Jibieros del Biobío; Saúl Lagos de la Cooperativa de Boteros de Lebu, y Hernán Machuca de Siarpesca La Araucanía.

A continuación reproducimos íntegramente la declaración firmada por dichos dirigentes:

“1. Es un triunfo para Chile que la ley que elimina la pesca de arrastre e incorpora el uso de línea de mano o potera para la captura de la jibia vaya a ser promulgada en el breve plazo, tal como lo indicó el ministro de Economía, Fomento y Turismo, José Ramón Valente. No solo porque beneficia al sector artesanal, sino porque da un paso gigantesco en pos de la sustentabilidad de los recursos pesqueros que deben pertenecer a todos los chilenos.

2. Es positiva la reacción del gobierno que legitima al Congreso al retirar el veto. Esta no debiera ser razón de enojo de la industria pesquera, porque los legisladores están haciendo su trabajo de cara al país.

3. Este nuevo Congreso, que ya no está ‘capturado’ por la industria pesquera, aprobó transversalmente y por una abrumadora mayoría la iniciativa. Este proceso se hizo ceñido a la ley, en forma transparente y democrática, y escuchando a todos los actores y opiniones técnico-científicas, tal como quedó registrado en el proceso.

4. Con las lamentables declaraciones de la Asipes donde insisten en los efectos que la norma tendrá para el país, y generan una falsa alarma productiva, no hacen más que ratificar que la industria pesquera solo está contenta cuando se hace los que ellos quieren, tratando de revivir viejas prácticas que hoy están siendo investigadas por el Ministerio Púbico.

Para más información lea lo siguiente: >> [EN-ES] Industriales por “Ley de la Jibia”: “Es una burla y un testimonio feroz del populismo”

5. La norma es constitucional. El Congreso por amplia mayoría, al igual que nuestros asesores legales y el gobierno así lo determinaron, y el hecho que este último no hubiera recurrido al Tribunal Constitucional, es también prueba de lo mismo.

6. Volvemos a reiterar que no están en juego los derechos de la industria pesquera, porque mantienen la cuota de 20% establecida por la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (Subpesca) desde el año 2012. Tampoco -si cumplen con la norma- está en juego la fuente laboral de sus trabajadores. Tal como ocurre en otros países, la industria debe modernizar su flota y tecnificar sus procesos.

Para más información les la siguiente información: >> “Ley de la Jibia”: Trabajadores pesqueros deciden nuevas acciones

En este punto, no hay que olvidar que el total de barcos que pescan con arrastre en el país para la captura de la jibia son siete, embarcaciones que también son utilizadas para la pesca de otros recursos. Esto fue ratificado por los trabajadores del sector tras reunión con el ministro Valente. Por tanto, hablamos de 119 puestos de trabajos que no están en riesgo, porque solo dejarían de pescar jibia manteniendo el 100% de las restantes pesquerías.

7. Indicar que mientras el arrastre da empleo a unas decenas de personas, pescar con línea de mano o potera generará cientos, sino miles de empleo y reactivará a las pequeñas pymes que se han ido perdiendo por la escasez de recursos, debido a la pesca de arrastre.

Lea >> Gremio de plantas procesadoras entrega su postura ante “Ley de la Jibia”

8. La pesca artesanal ha dado su palabra que, tras la promulgación de la norma, se establecerá un diálogo para regular otros aspectos relacionados con el recurso y que hoy no están normados por ley.

9. Reiteramos que la pesca artesanal hoy está más unida que nunca para enfrentar los siguientes desafíos, como es la nulidad de la Ley de Pesca. Sabemos que terminar con los privilegios de unos pocos permitirá desarrollar al sector artesanal, abrir un mercado que está ‘capturado’ por siete familias, lo que traerá beneficios para nosotros, los trabajadores y todos los chilenos”.

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Fuente: Aqua.